Recomendaciones de financiamiento aprobadas por la Junta Directiva en octubre

La Junta Directiva dio a conocer sus decisiones sobre financiamiento y extensión de subvenciones correspondientes a octubre de 2017.

El 13 de octubre de 2017 la Junta Directiva del Fondo Mundial confirmó la siguiente decisión de financiamiento mediante voto electrónico:

GF/B37/EDP05: Decisión sobre la recomendación de la Secretaría respecto a la financiación del período de asignación 2017-2019 correspondiente a las subvenciones de Bangladés VIH, Bangladés malaria, Bangladés TBC, Benín VIH, Benín malaria, Benín TBC, Burkina Faso TBC, Costa de Marfil TBC, Cuba VIH, Eritrea malaria, Guinea malaria, Guinea Bissau malaria, Guinea Bissau TBC/VIH, Lao TBC, Malaui malaria, Malaui TBC/VIH, Mauricio VIH, Mongolia VIH, Mozambique malaria, Mozambique TBC/VIH, Pakistán malaria, Papúa Nueva Guinea malaria, Filipinas VIH, Filipinas malaria, Filipinas TBC, Somalia malaria, Surinam malaria, Suazilandia malaria, Uganda TBC/VIH, Uganda malaria, Zimbabue VIH, Zimbabue TBC, Zimbabue malaria. El monto total recomendado a la Junta es de USD 2.051.987.870 y € 105.315.127.

GF/B37/EDP06: Decisión sobre la recomendación de la Secretaría respecto a extensiones de subvención.

Punto de decisión: GF/B37/EDP05: Decisión sobre la recomendación de la Secretaría respecto al financiamiento del período de asignación 2017-2019.

La Junta:
1. Aprueba el financiamiento recomendado para cada componente de enfermedad del país, y sus subvenciones correspondientes, según se enumeran en la Tabla 1 de la Sección IV de GF/B37/ER04 (“Tabla 1”).
2. Reconoce que las subvenciones correspondientes a cada componente de enfermedad del país serán implementadas por los receptores principales propuestos, enumerados en la Tabla 1, o cualquier otro receptor(es) principal(es) que la Secretaría considere apropiados de acuerdo con las políticas del Fondo Mundial.
3. Afirma que el financiamiento aprobado según esta decisión: (a) está sujeto a la disponibilidad de financiamiento; y (b) se comprometerá en tramos anuales.
4. Delega en la Secretaría la autoridad para redistribuir el límite superior general de financiamiento disponible para cada componente de enfermedad del país entre sus subvenciones respectivas, siempre que el Panel de Revisión Técnica (el PRT) valide cualquier redistribución que constituye un cambio sustancial del programa y la solicitud de financiamiento inicialmente revisada y recomendada por el PRT.
5. Para los componentes de enfermedad del país señalados específicamente en la Tabla 1, se observa que el límite superior final para tales componentes de enfermedad del país se pueden ajustar para reflejar una redistribución de fondos para los componentes de enfermedad del país para el solicitante, siempre que: (a) cualquier redistribución de fondos se invierta en actividades validadas por el PRT y (b) los límites superiores finales para tales componentes de enfermedad del país estarán sujetos a la aprobación de la Junta.

Esta decisión no tiene implicaciones presupuestarias materiales para el presupuesto operativo de gastos de 2017.

Punto de decisión: GF/B37/EDP06: Decisión sobre la Recomendación de la Secretaría respecto a la extensión de subvenciones.

La Junta:
1. Aprueba la extensión del período de implementación pertinente para cada subvención enumerada en la Tabla 2 de la Sección IV de GF/B37/ER04.

Esta decisión no tiene implicaciones presupuestarias materiales para el presupuesto operativo de gastos de 2017.

Los detalles de este punto de decisión se encuentran disponibles en este enlace GF/B37/ER04.

Más adelante se dará a conocer la respuesta de la Secretaría a los comentarios de las constituyentes.

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