La Junta Directiva dio a conocer sus decisiones sobre financiamiento y extensión de subvenciones correspondientes a febrero de 2019.
El 22 de febrero de 2019 la Junta Directiva del Fondo Mundial confirmó la siguiente decisión de financiamiento mediante voto electrónico:
Punto de decisión GF/B40/EDP07: Decisión sobre la recomendación de la Secretaría respecto al financiamiento de la asignación 2017-2019 correspondiente a eliminación de la malaria en el sur de África 8, hasta un monto de USD 12.176.571 de inversiones catalíticas. Además, se recomienda la integración de USD 2.100.000 de fondos de contrapartida (inversiones catalíticas) en la subvención para malaria de Liberia.
La Junta:
- Aprueba el financiamiento recomendado para cada componente de enfermedad del país y sus subvenciones constitutivas, como se indica en las Tablas 1a y 1b a GF/B40/ER06 («Tabla 1a» y «Tabla 1b»);
- Reconoce que las subvenciones constitutivas de cada componente de enfermedad del país serán implementadas por los receptores principales propuestos enumerados en la Tabla 1a, o cualquier otro receptor principal que la Secretaría considere apropiado de acuerdo con las políticas del Fondo Mundial;
- Afirma que el financiamiento aprobado en virtud de esta decisión (a) está sujeto a la disponibilidad de fondos, y (b) se comprometerá en tramos anuales; y
- Delega a la Secretaría la autoridad para redistribuir el límite máximo general de financiamiento disponible para cada componente de enfermedad del país entre sus subvenciones constitutivas, siempre que el Panel de Revisión Técnica (el “PRT”) valide cualquier redistribución que constituya un cambio sustancial del programa y solicitudes de financiamiento inicialmente revisadas y recomendadas por el PRT.
Punto de decisión GF/B40/EDP08: la Secretaría recomienda la aprobación de € 1.495.735 de financiamiento de optimización de cartera para integrarse en la subvención de TBC/VIH de Guinea-Bissau.
La Junta:
- Aprueba el presupuesto revisado recomendado para cada subvención enumerada en la Tabla 2 de GF/B40/ER06 (“Tabla 2”);
- Afirma que los fondos adicionales aprobados en virtud de esta decisión (a) aumentan el monto máximo que puede estar disponible para el período de implementación relevante de las subvenciones de los componentes de cada país por enfermedad, y (b) está sujeto a la disponibilidad de fondos; y
- Delega a la Secretaría la autoridad para redistribuir el límite máximo general de financiamiento disponible para cada componente de enfermedad del país entre sus subvenciones constitutivas, siempre que el Panel de Revisión Técnica (el “PRT”) valide cualquier redistribución que constituya un cambio sustancial del programa y solicitudes de financiamiento inicialmente revisadas y recomendadas por el PRT.
Esta decisión no tiene implicaciones presupuestarias importantes para los gastos operativos.
Los detalles de este punto de decisión se encuentran disponibles en este enlace: GF/B40/ER06.