La Junta Directiva del Fondo Mundial ha informado que, en base a la experiencia documentada en el proceso de reclutamiento llevado a cabo en el año 2013, se ha iniciado el diseño de los términos de referencia para avanzar en el proceso de selección del sucesor de Martin O’Malley, quien el pasado 4 de agosto anunció su renuncia como Inspector General del Fondo Mundial.
Más información en este comunicado.
Se presenta a continuación un resumen del proceso general para seleccionar al Nuevo Inspector General, decisión que se tomará durante la reunión de la Junta Directiva en noviembre de este año.
Objetivos, reglas y procedimientos
Identificar y nombrar a través de un proceso abierto y competitivo a nivel mundial un Inspector General capaz de iniciar su labor a mediados de enero de 2015.
Desafíos para alcanzar este objetivo
La búsqueda deberá intentar encontrar el mejor candidato posible.
La decisión de nombramiento en la reunión de la Junta a mediados de noviembre puede que no provea suficiente tiempo para identificar y seleccionar cuidadosamente el candidato apropiado
Actualmente no es posible prever todos los riesgos potenciales
Reglas: por la legislación y procedimientos operacionales
Las experiencias del proceso de búsqueda del IG en 2013 demuestran la naturaleza independiente de muchas otras acciones esenciales.
Extracto según la legislación del Fondo Mundial
Artículo 7.4 Roles y funciones de la Junta
La Junta es el cuerpo supremo de gobierno del Fondo Mundial. La Junta deberá ejercer el poder requerido para llevar a delante el propósito del Fondo Mundial, incluyendo entre sus funciones centrales la supervisión del gobierno:
Selección, nombramiento, evaluación, y de ser necesario reemplazo del Inspector General
Artículo 11. Oficina del Inspector General
La Oficina del IG es responsable de proveer a la Junta garantía de objetividad e independencia sobre el diseño y eficacia de los controles para gestionar los riesgos clave que impactan en los programas y operaciones del Fondo Mundial.
La OIG es una unidad independiente del Fondo Mundial, reporta directamente a la Junta, y está liderada por el IG, que es seleccionado por la Junta con base en el mérito, de forma apolítica, abierta y competitiva. El IG reporta directamente a la Junta a través del Comité de Auditoría y Ética (AEC).
Las funciones y propósitos del IG deben describirse en su carácter y términos de referencia, como son aprobadas y modificadas ocasionalmente por la Junta.
Extracto de procedimientos operacionales del Fondo Mundial
32. Nombramiento del IG
32.1. El IG debe nombrarse en acuerdo con la legislación y el carácter y términos de referencia para la OIG. El IG es responsable de liderar la misión de la OIG para proveer al Fondo Mundial con garantía de objetividad e independencia sobre el diseño y eficacia de los controles para gestionar los riesgos clave que impactan en los programas y operaciones del Fondo Mundial.
33. Proceso de nominación, reclutamiento y nombramiento
33.1. A más tardar seis meses antes de finalizar el plazo correspondiente al Inspector General o Director Ejecutivo, en seguimiento a la legislación la Junta deberá lanzar un proceso de reclutamiento competitivo, invitando públicamente a aplicar para la posición de Director Ejecutivo o Inspector General […]
33.2. Cuando la Junta decida lanzar el proceso de reclutamiento deberá ser asistida por un comité ad-hoc para la nominación.
El presidente de la Junta, en consulta con el Grupo de Coordinación, deberá recomendar a esta la aprobación de los Términos de Referencia del Comité de Nominación, así como nominar al presidente y miembros de dicho comité.
33.3. El presidente y vicepresidente de la Junta, apoyado por el Grupo de Coordinación, puede también recomendar a la Junta la aprobación de la actualización de los Términos de Referencia del IG o Director Ejecutivo, y de los criterios para su selección. Luego de la aprobación de los miembros del Comité de Nominación se lanzará el proceso de reclutamiento.
33.4. El Comité de Nominación deberá entrevistar y establecer un orden (ranking) de candidatos, y presentar a la Junta a quienes estén mejor posicionados. La Junta deberá seleccionar a un candidato.
33.5. El mandato del Comité de Nominación finalizará inmediatamente cuando sea nombrado el IG o Director Ejecutivo.
Más información:
Terms of Reference for the Inspector General
Charter of the Office of the Inspector General (amended 19 March 2013)